mércores, 22 de marzo de 2017

LOS CONFLICTOS CONCEJILES ANTISEÑORIALES.


CONFLICTOS CONCEJILES ANTISEÑORIALES,
por Javier Lago Mestre
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
falaceibe@yahoo.es 

Durante la Edad Moderna existió en la región de El Bierzo el régimen señorial. Dentro de los señoríos existían diversas localidades gobernadas por los concejos de vecinos. Las relaciones ente los señores y los concejos fueron en muchas ocasiones conflictivas por razón de la injusta  dependencia.

La creación del corregidor de Ponferrada y de la provincia de El Bierzo (1486) facilitó el recurso a la justicia real por parte de los concejos en sus disputas con los señores. Así aconteció con los vasallos del monasterio de Espinareda. Los “vecinos e procuradores de los concejos de los lugares” se quejan de los abusos del merino y el abad (1504). Los agravios se concretan en la opresiva imposición señorial (yantar, serventía…). 


Mayor fue la revuelta en la abadía de Carracedo (1512). Se “avian juntado los vecinos e concejos de la dicha abadia e los atraxiera a que fisiesen juramyento e que lo fisyeran façer en forma que serian todos avian contra el dicho monesterio”. 

La pequeña nobleza también abusa de sus vasallos. El concejo de Cabañas del Portiel pleiteó durante años en defensa de sus intereses frente a su señor. Por un interrogatorio a los testigos sabemos de las consecuencias de los abusos (1747), “vendiendo lo que tienen los vecinos y obligándoles a desamparar sus casas y verse fugitivos por los montes, dejando abandonada la labranza de los campos y a sus familias perdidas”.


Significativa también es la protesta del concejo de Cueto sobre los abusos de su señor. “Como también ha cobrado y cobra de cada uno de ellos un derecho o abuso que se le da el nombre de Ron que se reduce a darle tres días de labor cada año para poder cavar y vendimiar sus viñas” (1724). De ahí que se buscase la debida justicia ante la Chancillería de Valladolid. 

El amplio marquesado de Villafranca se formó en base a la presión señorial. Sabemos que se prohibió a los vecinos de La Cabrera cazar en los montes (1527). Por eso los concejos afectados recurrieron a la justicia real, la cual dictó sentencia que permitió cazar a sus vecinos (1554). Otros conflictos antiseñoriales promovieron Cacabelos (1561) y Villafranca (1566) contra el marqués. 


PRIMER MARQUES DE VILLAFRANCA.


El señorío de Bembibre presionó a los territorios cercanos. Esta villa pleiteó con los concejos del llamado “cuarto de Folgoso” (1544) porque las localidades no hacían sus escrituras ante los escribanos del conde de Alba y acudían a los oficiales reales. El señor de Bembibre también forzó la extensión de la justicia señorial a los concejos vecinos. Fueron los casos de Losada y Cobrana en 1514 o Castropodame en 1496.  

Las más importantes villas de la provincia de El Bierzo participaron de la dinámica señorial con sus aldeas. Así Ponferrada les exigió compartir la financiación de edificios públicos (cercas, cárcel, puentes…), control de precios (ferias, carnes…), imposición fiscal (donativos, repartimientos…), gestión de comunales (devesa del Fabero…), servicios militares, etc. Variadas intervenciones administrativas que provocaron conflictividad con los pueblos.

O Bierzo, marzo de 2017.

luns, 20 de marzo de 2017

ARÁN Y EL BIERZO, TERRITORIOS SINGULARES.


ARÁN Y EL BIERZO SINGULARES.
por Javier Lago Mestre,
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
falaceibe@yahoo.es

La Val de Arán y la región de El Bierzo son dos territorios históricos que han luchado durante siglos por alcanzar su autonomía política. Ambos espacios tienen un carácter periférico claro dentro de las comunidades autónomas en que se integran. A esto unimos el aislamiento montañoso y su lejanía de los centros de poder político y económico. 

Por supuesto los procesos históricos de Arán y El Bierzo han sido diferentes al pertenecer a diferentes Coronas, Aragón y Castilla respectivamente. Arán practicó políticas pactistas con los diferentes reyes. El Bierzo, a lo largo de toda la Edad Moderna, se constituyó en provincia. En el siglo XIX el régimen liberal estatal suprimió las instituciones de Arán y El Bierzo perdió su provincia de Villafranca.

Habrá que esperar hasta 1990 para que Arán recupere su “régimen especial de la Val d´Arán” mediante Ley de Catalunya. Y en el año siguiente se crea la Comarca de El Bierzo después de un largo proceso reivindicativo. 

La singularidad territorial de Arán se percibe cuando no se integra en la ordenación comarcal actual de Catalunya. De ahí que Arán haya sido declarado “entidad territorial singular”, por razón de su “realidad nacional occitana”, según se reconoce en la nueva ley del régimen especial de 2015. 


La peculiaridad territorial de El Bierzo se manifiesta en que Castilla y León no ha creado ninguna otra comarca. Actualmente la Junta regional ha propuesto otra ordenación territorial para la Comunidad Autónoma que creará nuevas divisiones administrativas rurales  y urbanas. El problema es que esta nueva ordenación territorial deberá respetar la existencia previa de la Comarca de El Bierzo.

Además, no podemos olvidar que los entes territoriales de Arán y de El Bierzo están protegidos por leyes orgánicas, nos referimos a los Estatutos de Autonomía de Catalunya y de Castilla y León. Así pues las leyes autonómicas ordinarias no pueden alterar los contenidos estatutarios fijados para Arán y El Bierzo.



Las leyes que regulan los regímenes jurídicos de Arán y El Bierzo fueron modificados en los años 2015 y 2010 respectivamente. Arán supo reforzar su singularidad cultural mediante la declaración del aranés como “lengua propia” y “oficial en Catalunya”. Mientas tanto El Bierzo sólo logró de las Cortes de Castilla y León un mero “gozará de respeto  y protección la lengua gallega”. Una vez más el otro idioma de El Bierzo sigue sin tener el reconocimiento legal debido por la falta de valoración política, propia y foránea.

La escasa y deficiente reforma de la Ley de la Comarca de El Bierzo (orgánica, electoral y poco más) contrasta con la importante reforma de la Ley del régimen especial de Arán en 2015. El texto aranés contiene diversos títulos con referencia a los derechos, deberes y principios rectores, para continuar con la organización institucional, régimen electoral, competencias y acabar con el régimen financiero. Para comprender el distinto esfuerzo político en ambas modificaciones jurídicas concluimos que la Ley de Arán tiene 93 artículos y la Ley de la Comarca berciana 29.  

O Bierzo, marzo de 2017.

venres, 17 de marzo de 2017

DISPUTAS ENTRE LEÓN Y EL BIERZO EN EL SIGLO XVII.


LEÓN Y PONFERRADA EN EL SIGLO XVII.
por Javier Lago Mestre.
colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
falaceibe@yahoo.es

Los problemas de centralismo entre León y El Bierzo vienen de lejos. Analizamos algunos casos de esta problemática territorial en el siglo XVII. En materia fiscal la capital de León tenía el privilegio de recaudación de los impuestos reales. La provincia de El Bierzo era un territorio muy lejano, por distancia y orografía, por eso siempre se mostró contraria a la dinámica recaudadora establecida.

Ponferrada protestó por los graves inconvenientes que ocasionaba pagar los impuestos reales a la capital de León (1648). “De cómo en contravención a la dicha costumbre y posesión inmemorial y de la problemática de Barbastro, el corregidor de León, con la mano de que los lugares de este partido son de su adelantamiento, hace los repartimientos que a esta villa (Ponferrada) habían de venir, por mayor y por menor, obligando a los pobres naturales, de vayan a hacer las pagas a la dicha ciudad (de León), haciéndoles grandes costas de ministros y otros despachos que son más gravosos que los servicios que hacen a su Majestad (…)”.


PROCESIÓN EN PONFERRADA EN 1622

Pilar Sáenz de Tejada se refiere a otras “injusticias” recaudadoras. Así indica que en 1653 León fijó para Ponferrada y su jurisdicción un pago de 3.000 ducados. Esto supuso la protesta de los regidores ponferradinos ante lo considerado como un abuso fiscal. La misma investigadora menciona la elevación por León de un pago ponferradino de 2.290 reales a 5.051, “lo que ocasionó las lógicas protestas” (1659).

En el siglo XVII fueron continuas las guerras emprendidas por la Corona española. Por eso había gran necesidad de soldados y financiamiento. Siendo la capital leonesa quien centralizaba los servicios militares del reino a través de llamada Sargentía Mayor. Pues bien el corregidor de León realizaba los repartimientos de soldados entre los diversos partidos. La villa de Ponferrada protesta, en 1648, ante la Corona por esos  injustos repartimientos. De ahí que se reclame, mediante el correspondiente pleito, ante el Consejo de Guerra. Este ente determina que sea la villa de Ponferrada quien haga el repartimiento de soldados en su partido en base a su extensión.


CASA DEL CORREGIDOR DE PONFERRADA

Los abusos de los reclutamientos por León continuaron. El propio conde de Benavente frenó el alistamiento para la guerra de Portugal, por parte de un regidor de León, “hordeno y mando a la justicia y regimiento de la villa de Ponferrada y a las demás de la provincia del Bierço no consientan que se saque della (…) soldado ninguno ni contribuya con maravedís ningunos (…)” (1641).   

Las continuas demandas militares de León ocasionaron graves divisiones internas en El Bierzo. El corregidor de León demandó un servicio real de 12.000 ducados para costear un tercio militar. En la villa de Bembibre se enfrentaron los hidalgos con los pecheros. Los primeros rechazaron contribuir con los pecheros, lo que provocó un pleito que duró 20 años hasta 1668.


PENDÓN DE LA VILLA DE PONFERADA

A lo largo de la Edad Moderna fueron continuas las diferencias territoriales entre León y El Bierzo por razón del centralismo administrativo monárquico.

O Bierzo, marzo de 2017.

mércores, 15 de marzo de 2017

SIEMPRE CON NUESTRO DEPORTE BERCIANO.


NUESTRO DEPORTE BERCIANO.
por Javier Lago Mestre.
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
falaceibe@yahoo.es

Cuando celebramos un derbi deportivo entre León y Ponferrada se produce una peculiar excitación colectiva. Los aficionados bercianos nos movilizamos en apoyo de nuestros equipos. En este caso son históricos los derbis futbolísticos entre la leonesa y la deportiva. Esos partidos celebrados en los viejos campos de Santas Martas y Fuentesnuevas o en el moderno estadio del Toralín no se pueden olvidar por las sucesivas generaciones de aficionados.

Pero esos derbis deportivos entre León y Ponferrada acontecen en otros ámbitos. Nuestros equipos de futbol de inferior categoría también participan de esa rivalidad histórica. Da igual que sean con las águilas del Bembibre, los de Toreno, Villadepalos o Fabero. En todas las categorías inferiores han sabido disfrutar y sufrir compitiendo al máximo nivel.


Pero de esta rivalidad deportiva interregional también participan otros muchos equipos. Nos referimos por ejemplo al baloncesto, masculino o femenino, de nuestros grandes equipos, Pajariel Bembibre, Ciudad de Ponferrada y 6.25. Merecido recuerdo tenemos para los añorados éxitos deportivos del JT, celebrados desde las gradas de la Borreca.

Pero detrás de nuestros equipos hay un esfuerzo deportivo diario y grandes aficiones que apoyan desde las bancadas. Bercianos capaces de desplazarse muchos kilómetros por toda España, caso de los seguidores de nuestra deportiva ponferradina. Aficionados que han  llevado nuestra identidad deportiva y berciana por las grandes ciudades. Y así los medios de comunicación han divulgado esta realidad deportiva de El Bierzo más que nunca.


Nuestras diversas aficiones se han unido dejando atrás las diferencias locales, sociales, económicas o políticas. Los que no entienden el poder solidario del deporte critican con desdén. Pero el establecimiento de la identidad deportiva y territorial de El Bierzo tiene mucho de positivo. Los colores deportivos o las banderas bercianas unen a los aficionados con una ilusión frente a los problemas diarios (profesionales, económicos, etc). Porque como dice el dicho, “de ilusión también se vive”.

Creemos de importancia que en las diversas disciplinas deportivas nuestra simbología berciana esté presente. No se puede negar el poder simbólico de nuestra bandera berciana y de los colores de las distintas equipaciones de los clubes. Estos peculiares símbolos locales sirven para reforzar el poder del colectivo social. La unión de los colores deportivos y de las banderas territoriales es un complemento ideal para conseguir la doble presión a los rivales.


Sería conveniente que todas las pruebas deportivas celebradas en nuestra región  contaran con nuestra simbología berciana. Nos referimos también al rugby, carreras de montaña, rallies, ciclismo, etc. porque de esta forma se identifica mejor la región y se refuerza nuestra identidad colectiva, tanto en el interior como en el exterior.

En fin, las comentadas rivalidades deportivas son el reflejo de la competitividad entre clubes de la que participan también poblaciones y territorios. No hay nada malo en ello cuando hay un respeto mutuo entre los contendientes. Así pues, seguiremos sufriendo en las derrotas y disfrutando con las victorias para prestigiar El Bierzo deportivo.

O Bierzo, marzo de 2017.

venres, 10 de marzo de 2017

REFRANEIRO BERCIANO DO MES DE MARZO.


REFRAIS BERCIANOS DO MES DE MARZO:
por Javier Lago Mestre,
Coletivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

“Marzo sacou a vella ao sol, e matouna dun pedazo”.
"En marzo a veleta nin dous días está queda".
“Cando marzo maiea, maio marcea”.
“Polo S. Xosé (19 de marzo), deces e merenda ao pé” (obriga de dar comida ás dez da mañá e merenda aos xornaleiros ao ser os días máis longos).
“Marzo airoso, abril chuvioso, sacan o maio florido e fermoso”.
“Marzo igularzo” (porque se igualan os días e as noites).
"Marzo marzudo, mete as barbas no cu".
"Auga de marzo, pior que a mancha no paño".
“Se marzo vén ao revés, nin deixa pastor nin res”.
"Auga en marzo, herbazo"
“Cando marzo volve o rabo, non deixa ovellas con pelexo, nin pastor deszamarrao”.
“Sol de marzo mata a dama no pacio” (sol de marzo traizoneiro).
"Pola Encarnación (25 de marzo), as últimas xeadas son" (S. Castelao Diñeiro)


SOBRE OS ANIMAIS DE MARZO:

“Onde vexas culebra en marzo, verás neve en maio”.
“Ollo á perdiz, se canta en marzo, ano feliz” (os bos presaxios do canto da perdiz).
“Marzo anidarzo, abril huévil e maio paxaraio” (sobre a reproducción das aves).
“A culebra en marzo, a neve en maio” (relación de calor en marzo e frío en maio).
"Marzo marcero, pola mañá cara de rosa e pola tarde cara de can".
“Pascuas marcíais, famentas ou mortais”.
“Polo vinte de marzo dá o sol unha sombriña e xa canta a anduriña” (chegan as anduriñas).


SOBRE OS TROCOS BRUSCOS DO TEMPO:

“Marzo marzán, pola mañá cara de rosa, e pola tarde cara de can”.
"Marzo marcial, de día cara de gocho e de noite cara de can".
"Marzo marceador, que de noite chove e de día fai sol"
“Marzo marcial, de día cara de cocho, de noite cara de can”
"Marzo louco, se malo é un día pior é o outro".
"Se marzo vén ao revés, non deixa pastor nin res".



CONSELLOS AGROGANDEIROS DESTE MES.

"Horta de marzo, cesta no brazo"
"Marzo amola e abril esfola".
"Se queres ver a túa viñaregalada, fai a poda en marzo e en abril a cava".
 “Se ronca ou trona en marzo, apreta a cuba con mazo” (preparación da cuba de viño).
“Marzo espigarzo e abril espigas mil” (sobre augurios de boas colleitas).
“Se marzo volve o rabo, adeus ó teu gando”.
“Ralva en marzo, bima en S. Xoán, sembra en outubro e collerás pan”.
“O que queira ovellas catro, rapeas no mes de marzo”
"Cada cousa no sou tempo, i o aire no mes de advento".
"Todo o excusa o allo, menosa pica de marzo".


CHEGOU A CUARESMA DE MARZO.

"Adeos martes de entroido, adeos meu amiguiño, asta domingo de Pascoa non comerei máis touciño".
"Gran pesar me pone con su venida la Cuaresma dolorida"
"La Cuaresma y la justici para los ruines"
"La Cuaresma y la cadena para los pobres hecha"
La Cuaresma solose hace corta al que tiene que pagar en Pascua"
"Para el pobre la Cuaresma para el rico el carnaval"

O BIERZO, MARZO DE 2017.

OTRO ANIVERSARIO DEL CONSEJO COMARCAL DE EL BIERZO.


OTRO ANIVERSARIO COMARCAL.
por Javier Lago Mestre,
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
falaceibe@yahoo.es

Cada 14 de marzo celebramos un nuevo aniversario de la Comarca de El Bierzo. Para la gran mayoría de los bercianos esta fecha pasará desapercibida porque no hay nada que celebrar. El paso de las décadas ha supuesto un desencanto respecto a los inicios reivindicativos. Las primeras demandas provincialistas se han rebajado en la actual autonomía comarcal.

Para entender la actual dinámica comarcal de El Bierzo tenemos que tener presente los grandes impedimentos jurídicos que supone cualquier reforma provincial. Así las reformas provincialistas de España han sido mínimas, sólo han afectado a Canarias, a límites territoriales y cambios de denominación provincial.


Por otra parte, las leyes estatales siguen sin favorecer cualquier reforma comarcal, alternativa a la provincial. Son los casos de las leyes de la administración local (2013) y haciendas locales (2004). Otro tanto acontece con las leyes de Castilla y León. Tanto la ley del régimen local (1998) como la de ordenación de servicios y gobierno del territorio (2013) ignoran la comarcalización. 

Las comentadas leyes tienen un valor superior a nuestra ley comarcal (1991) por su criterio generalista. De todas formas, el reconocimiento expreso de la Comarca de El Bierzo en el Estatuto de Castilla y León (2007) haya sido un gran avance. Esta ley orgánica protege su existencia mediante un amparo jurídico especial, más allá de lo que supone la ley autonómica de creación.


Por otra parte, las competencias que aparecen en la Ley de la Comarca de El Bierzo (art. 4) tienen que ser desarrolladas y esto exige una negociación entre las administraciones implicadas. Pero en este proceso hay que tener en cuenta las desiguales relaciones de poder o las coyunturas (crisis financiera actual) que influyen claramente.

Ante tantos problemas El Bierzo tiene que continuar con la actual dinámica reivindicativa. Las singularidades geográficas, históricas, culturales y lingüísticas son fundamentales para basar nuestras demandas descentralizadoras. 



Pero también es necesario hacer autocrítica a la hora de alcanzar una simplificación institucional en la región de El Bierzo. Nos referimos a necesidad de reducir las mancomunidades existentes en favor de su integración en el Consejo Comarcal. También  nuestra oposición radical a las nuevas divisiones territoriales, en área funcional y unidades básicas de ordenación, propuestas por la legislación de Castilla y León de 2013.

Al actual proceso comarcal berciano le queda mucho por avanzar. Pero no olvidemos que tenemos hecho un importante trabajo. Pocos territorios subprovinciales de España han conseguido nuestro reconocimiento legal y político. Desde luego que son muchas más las comarcas naturales e históricas que les gustaría tener nuestro nivel institucional porque de lo contrario están condenadas a la pérdida de su identidad.


Por último, indicar que el Consejo Comarcal berciano debería realizar una profundiza
ción democrática. Se ha creado una asamblea de ediles, pero echamos de menos también un consejo asesor de pedanías. Y los ciudadanos demandamos más participación social en las políticas comarcales.

 O Bierzo, marzo de 2017.

sábado, 4 de marzo de 2017

LOS CONCEJOS GENERALES DE LA VILLA DE PONFERRADA.


LOS CONCEJOS GENERALES DE PONFERRADA,
por Javier Lago Mestre.
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.

Durante la época medieval los concejos, asambleas de vecinos, dirigieron la política de las diversas localidades de la región berciana. Pero la Corona legisló a favor de un mayor control real sobre los gobiernos locales. Así se implantaron los regimientos cerrados, controlados por las oligarquías locales, y se enviaron corregidores reales. Además, las necesidades financieras del imperio español favorecieron la venta de cargos municipales por la Corona. 

Los nuevos regimientos controlaron la política de las villas bercianas. Pero a la vez siguieron existiendo los concejos generales de vecinos, eso sí con una progresiva pérdida de competencias. 



Las juntas generales eran convocadas “a son de campana tañida” o “por voz de pregonero”, como aconteció en 1611, cuando los ponferradinos decidieron la celebración de la festividad de la Natividad el 8 de septiembre en una reunión celebrada en la iglesia de Ntra. Sra. de la Plaza. La votación popular se realizó mediante la salida de los vecinos por la puerta tras manifestar “de viva voz su voto y parecer”.

En el año 1484, en tiempos del conde de Lemos, otro documento se refiere a otra junta vecinal “en su concejo en el corral de santa maría”, donde acudieron “muchos de los besinos e moradores de la dicha billa e tierra que al dicho concejo se quisieron juntar”. Allí decidieron se hiciese libro de las rentas municipales.


MAPA DE LAS PEDANÍAS DE LA REGIÓN BERCIANA.

Otro concejo más importante tuvo lugar en 1621 cuando el marqués se hizo con el control de las alcabalas de Ponferrada. Los vecinos “estando juntos y agregados en nuestro concejo y ayuntamiento general” decidieron dar poderes para reclamar la administración municipal de sus alcabalas y evitar el control señorial.

Por supuesto, en concejo general se elegían los oficiales municipales cada primero de año. En 1506, “eligieron en concejo general según antigua costumbre los oficiales del regimiento de la dicha villa e fueron nombrados cuatro personas”. El concejo trató de defender sus privilegios judiciales ante los ataques foráneos, así aconteció cuando el “corregidor puso penas a los jueces que mostrasen las varas” (1505).


El concejo general de vecinos de Ponferrada intervino con competencias diversas: declaración de fiestas locales, ejercicio del patronazgo laico sobre la iglesia mayor, medidas de protección contra pestes, facenderas o servicios comunales, elección del mayordomo de la iglesia, fijación de sisa para gastos de la iglesia, etc.

Pero este poder asambleario y vecinal tenía en contra a la élite dirigente representada por los regidores. Los documentos hacen alusión a los diversos grupos, “concejo, jueces, regidores, caballeros, hidalgos y hombres honrados, vecinos de la villa de Ponferrada” (1505). Veamos un ejemplo del conflicto municipal interno. En el debate sobre la colocación del reloj de la villa un regidor “suplica al señor corregidor  sea servido de hazer juntar a concejo general (…) para que se haga el contrato de voluntad de todos”. Pero otros regidores con el corregidor quieren decidir “sin que se dé parte al concejo general, atento que no conviene a la confusión que de ello podía haber” (1584).

O Bierzo, marzo de 2017.